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Martes, 25 de mayo de 2010; Número 475
REDACCIÓN | MADRID |
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha puesto encima de la mesa una
reivindicación que afectaría a los procesos de adjudicación de nuevas oficinas de farmacia: la reserva de un
cupo, el 10 por ciento, o una si fueran menos de 20 las convocadas. Esta petición, que propone incluir esta
reserva en la Ley de Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia, tiene como objetivo que todas las
comunidades autónomas, que son a las que, de acuerdo con el artículo 3 de este texto legislativo, corresponde
establecer los procedimientos de autorización, incluyan este aspecto en sus reglamentaciones de cara a los
nuevos concursos para adjudicación de nuevas oficinas de farmacia.
En este sentido, cabe destacar que la reserva de oficinas de farmacia para personas discapacitadas ya está
recogida en el artículo 41.1 de la Ley de Farmacia de Andalucía, aunque, eso sí, no se precisa en el texto ningún
porcentaje concreto. Un primer paso para avanzar hacia implantar, según afirman desde Cermi, una medida
que "constituye un instrumento muy potente para corregir la desventaja de las personas con discapacidad en la
actividad y ocupación laborales".
La Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal establece medidas de
acción positiva para prevenir o compensar las desventajas o especiales dificultades que tienen las personas con
discapacidad en la incorporación y participación plena en los ámbitos de la vida política, económica, cultural y
social. Entre ellas, destacan las medidas de reserva o los cupos, que tienen su aplicación en nuestro país en la
contratación de trabajadores (reserva del 2 por ciento de trabajadores con discapacidad) y en el acceso al
empleo público (entre el 5 y el 7 por ciento).
A este respecto, desde Cermi recuerdan que "nuestra normativa promueve la acción positiva a favor de las
personas con discapacidad y las medidas de reserva de plazas de empleo en su favor". Eso sí, en el sector de
oficinas de farmacia, establecimiento privado de interés público, la aplicación de estos cupos resulta
complicada. Más si cabe tras lo problemas judiciales surgidos en algunas comunidades respecto a sus
concursos de adjudicación y los baremos.
Reformas complicadas
Sobre este aspecto, Mariano Avilés, presidente de la Asociación Española de Derecho Farmacéutico (Asedef) y
abogado de Farmaiuris, estimó que "tenemos una clara tendencia a la promoción y acceso en términos de
igualdad de personas con discapacidad". Eso sí, es consciente de las especiales características del sector
farmacéutico y las funciones a desarrollar, "circunstancias que están ahora en una fase incipiente".
¿Es factible desde el punto de vista legal incluir este cupo en la ley estatal? Según Avilés, "evidentemente las
administraciones autonómicas tendrán que hacer lo necesario desde un punto de vista legislativo, aunque por
otro lado no es nada fácil, para posibilitar este desarrollo".
Esas dificultades también las encuentra Juan Gillard, del bufete Sánchez de León abogados. "Entiendo que si
bien el Estado tiene esa capacidad, sería sobre todo un problema práctico, puesto que habría que iniciar un
proceso de reforma legal amplísimo". Un proceso que, según él, "obligaría a las comunidades autónomas a
modificar a su vez todas sus leyes de ordenación farmacéutica".
Asimismo, Gillard considera que, además, la reserva de un porcentaje para personas discapacitadas llevaría a
una mayor confusión en los concursos de adjudicación "y podrían plantearse problemas de Derecho
comunitario y de libre circulación". Una circunstancia que este abogado considera en estos momentos "poco
oportuno".
Sin embargo, ofrece otras posibilidades. "Soy partidario de toda medida de inserción de discapacitados, pero
tal vez sería más adecuado establecer un baremo que diese puntos adicionales, porque reservar un 10 por
ciento parece desproporcionado e incluso podría dar lugar a fraudes", dice.
El Global
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